JurídicoESEN
Order (Auto)May 24, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Elson Rafael Rodriguez Beltran·Respondent Presidencia De La Republica Y Otros

✓
Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Proteccion De Comunidad Indigena
  • Nivel de cumplimiento bajo
  • Verificación y evaluación de niveles de cumplimiento de las órdenes impartidas en favor de la comunidad Wayuú el marco de la Sentencia T-302 de 2017
Derecho Al Agua Potable
  • Necesidad de implementar medidas de contingencia para la provisión de agua en el departamento de La Guajira
  • Vulneración a las comunidades wayúu en especial a las ubicadas en la alta Guajira
2 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302/17 declaró el cumplimiento BAJO del objetivo constitucional mínimo primero, relacionado con aumentar la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua y dispuesto en la orden cuarta del precitado fallo.

Lo anterior, no haberse reportado información que demostrara resultados que impactaran en el goce efectivo del derecho al agua.

Con base en lo anterior, se dictaron varias medidas correctivas con el propósito de fortalecer la planificación, ejecución supervisión a corto, mediano y largo plazo de los proyectos de agua a cargo de las autoridades obligadas y para organizar la información reportada sobre cada una de las obras adelantadas de cara al debido seguimiento del referido objetivo constitucional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (12 points)
  1. PRIMERO. DECLARAR EL CUMPLIMIENTO BAJO del objetivo constitucional mínimo primero, relacionado con "aumentar la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua", dispuesto en la orden cuarta de la Sentencia T-302 de 2017 al no haberse reportado información que demuestre resultados que impacten en el goce efectivo del derecho al agua.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Comité Técnico de Agua del MESEPP (Ministerios de Vivienda, Ciudad y Territorio, de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de Igualdad y Equidad, la UNGRD, la Corpoguajira, la Gobernación de La Guajira, la Empresa de Servicios Públicos de La Guajira, las alcaldías distrital de Riohacha y municipal de Uribia, Manaure y Maicao) que, por medio de la Consejería Presidencial para las Regiones, remita a la Sala Especial de Seguimiento los informes sobre los impactos en disponibilidad, accesibilidad y calidad el agua; el inventario de infraestructura en materia de agua, y el cumplimiento de las medidas diseñadas en el Plan Provisional de Acción para garantizar todos los componentes del derecho al agua en el corto plazo. Los informes deberán atender los criterios definidos en los fundamentos jurídicos 172 a 177 y deberán presentarse en el término de cuatro (4) meses, contado a partir de la notificación de este auto.
  3. A partir de la primera entrega, se deberán allegar, cada cuatro meses, otros dos informes sobre las medidas para garantizar la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua en el corto plazo. Si las autoridades responsables de la ejecución de las acciones consideran que los plazos o porcentajes de avance establecidos resultan inviables o inconvenientes, deberán sustentar técnicamente su imposibilidad de cumplimiento. Esta información deberá remitirse en dos (2) meses, a partir de este auto.
  4. TERCERO. ORDENAR al Comité Técnico de Agua del MESEPP que, por medio de la Consejería Presidencial para las Regiones, en el término de tres (3) meses, contado a partir de la notificación de este auto, allegue una síntesis y los resultados del estudio independiente realizado para establecer si hay una relación entre la actividad minera y la escasez de agua potable para las comunidades Wayuu y la estrategia para enfrentar los resultados en caso de que sean negativos, la cual deberá atender los parámetros definidos en el f.j. 178.
  5. CUARTO. ORDENAR al Comité Técnico de Agua del MESEPP que, por medio de la Consejería Presidencial para las Regiones, en el término de tres (3) meses, contado a partir de la notificación de este auto, allegue un informe claro, conciso, detallado y verificable sobre la participación del pueblo Wayuu en el diseño y sostenibilidad de las acciones que contenga: (i) las acciones previstas, la fecha, el lugar y el número de reuniones que se hayan celebrado o se celebrarán con el pueblo Wayuu de los cuatro municipios priorizados para definir la pertinencia de las acciones diseñadas y las capacidades de cada uno de los actores, incluido el pueblo Wayuu, para lograr su sostenibilidad; (ii) los acuerdos alcanzados en dichas reuniones, y (iii) las estrategias y/o acciones en materia de accesibilidad económica.
  6. QUINTO. ORDENAR al Comité Técnico de Agua del MESEPP que, por medio de la Consejería Presidencial para las Regiones, remita a la Sala Especial de Seguimiento un plan estructural en materia de agua. Para su formulación se deberán tener en cuenta los parámetros transversales para la valoración de la garantía de los derechos tutelados a la niñez Wayuu descritos en el Auto 480 de 2023 y atender los parámetros y sugerencias contenidas en los fundamentos jurídicos 181 a 184. Este plan deberá allegarse a la Corte en el término de doce (12) meses, contado a partir de la notificación de este auto.
  7. SEXTO. Para el cumplimiento integral de las órdenes aquí dispuestas, el Comité Técnico de Agua deberá convocar a todas las entidades del orden nacional, territorial, públicas y privadas que cuenten con información relevante. En respuesta a este auto se deberán relacionar las entidades que concurrieron al llamado del Comité y cuáles, a pesar de haber sido convocadas, se resistieron, no entregaron la información correspondiente o lo hicieron de forma tardía o deficiente.
  8. SÉPTIMO. SOLICITAR a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo y a la Contraloría General de la República que presente un informe de verificación territorial entorno de las medidas que reporten las entidades obligadas, de conformidad con los parámetros establecidos en el fundamento jurídico 185. Para lo anterior se concede un término de dos (2) meses contado a partir de que la Consejería Presidencial para las Regiones radique la información ordenada en los numerales segundo,
  9. tercero. y
  10. cuarto. de la parte resolutiva de este auto.
  11. OCTAVO. INVITAR a la Veeduría Ciudadana para la Implementación de la Sentencia T-302 de 2017 y Dejusticia a presentar informes de verificación sobre el derecho al agua de las comunidades Wayuu. En estos podrán incluir observaciones sobre las intervenciones emprendidas por las autoridades obligadas al respecto, así como sugerencias para la debida satisfacción del primer objetivo constitucional mínimo.
  12. NOVENO. LIBRAR, por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, las comunidades correspondientes junto con la copia de este proveído.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceVladimir Fernández Andrade
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.